» … En ocasiones la música tiene licencia, licencia para dolerte por la parte interior, para acariciarte el alma, en ocasiones te baja las sábanas sin solicitarte permiso, sin comprender hasta dónde hasta cuándo, en ocasiones la música te escucha dentro y otros se transforma en magia, pues existe quien sabe ser magia si bien jamás llegue a saberlo…»
Hola camaradas leyentes
Puerto seguro
Lo que es más esencial para los servicios primordiales, las leyes de «puerto seguro» de EE.UU. (Y las leyes de «Mere Conduit» de la UE y Reino Unido) brindan inmunidad frente a la infracción de derechos de creador para cualquier servicio de contenido generado por el usuario (CGU) que no tenga conocimiento real del contenido infractor subido por sus clientes. Esta falta de «conocimiento real» puede eliminarse alertando al servicio sobre una infracción concreta y, por consiguiente, forzando la supresión, lo que se conoce como el trámite de «notificación y supresión». Teóricamente, esto marcha bien, pero en la práctica es una pesada carga para los sucesos de derechos; el British Phonograph Institute (BPI) del Reino Unido manda mucho más de 200 millones de anuncios de supresión a Google plus de año en año, esto es, múltiples por segundo, 24 h cada día, 7 días por semana.
El sistema de puerto seguro enseña por qué razón un servicio UGC como YouTube tiene considerablemente más contenido que Spotify / Apple y por qué razón YouTube consigue tantas ganancias al tiempo que Spotify todavía no ha entrado en números negros. Según las disposiciones de «puerto seguro», la compromiso legal de la concesión de licencias de música recae técnicamente al usuario final (y, además de ciertos casos de prominente perfil de hace diez años, los sucesos de derechos normalmente no solicitan a sus clientes del servicio). Esta es la razón por la cual hay una diferencia tan enorme (famosa como la «brecha de valor») entre los servicios UGC rentables como YouTube (que deja a los individuos difundir y también canjear música de todo el mundo sin inconvenientes) y los servicios con licencia como Spotify (que precisan novedosas inversiones permanentes). para financiar costos de licencias de música altísimos).
El pago de honorarios de antemano tanto del máster como de los derechos de composición
Es esencial entender que intervienen 2 géneros de derechos musicales en toda sincronización. El productor, estudio cinematográfico, cadena de televisión u otro constructor de contenido debe abonar AMBOS antes de emplear la música: los derechos de la grabación y los derechos de composición.
- La Licencia de Empleo del Máster se negocia por la utilización de una grabación sonora cierta (asimismo famosa como “máster”). La cuota pertinente se paga de antemano el artista o el sello dueño de la pista de estudio o grabación en directo.
- Una Licencia de Sincronización para la Composición se negocia por la utilización de la canción implicada (armonía y letra). Los honorarios se abonan de manera frecuente por adelantado al editor musical, gestor editorial o al compositor.
Licencia de reproducción
Estas licencias benefician que la canción logre ser reproducida mediante cualquier medio o soporte y bajo cualquier situación.
Es que se requiere para poder grabar la música en un disco compacto u otro dispositivo en el que se distribuya la pista musical.